Portugal eleva el peso permitido de los camiones.

IMG_4280

60 toneladas, 47, 5 tm. y 44 tm. se generalizan con ciertos condicionantes.

Abre el fuego para España que acaba de descartar los cambios y se adelanta a la Unión Europea.

 El diario de la República, el BOE portugués, de 5 de septiembre ha publicado el decreto ley 133/2014(pinche en link para tener el decreto ) del ministerio de economía portugués ha aprobado
unas medidas para aumentar la competitividad económica de Portugal modificando los pesos y dimensiones de los camiones, esencialmente subiendo el peso máximo autorizado de los conjuntos de cinco y más ejes.

La motivación es permitir el mayor acarreo de mercancías a los puertos, y en las campañas agrícolas y desde los puntos de recolección a los puntos de transformación de una serie amplía de mercancías.

Entre estas mercancías están las agrícolas, las frutas y verduras, productos vitivinícolas los productos de la madera, papel, pasta de papel, productos cerámicos, pero también los productos siderúrgicos y mineros incluso algunos compuestos químicos.

El decreto ley que ha reformado también el decreto anterior de los pesos y dimensiones portugueses, es un cambio importante aunque sujeta los aumentos de pesos a varios condicionantes. Condiciones de la carga por eje que no hacen fácil que se permitan llevar a los conjuntos trailers normales 60 tm, pero si quizás mas de 44 tm. El DL ha abierto muchos interrogantes y creado confusión en el sector y los fabricantes.


Abre sin embargo una puerta para un importante aumento de la oferta de carga en Portugal y las asociaciones portuguesas de transporte ya se han quejado y algunas españolas, como Fenadismer.

TRANSPORTE A LOS PUERTOS

60 toneladas como y cuando. Puertos, centros de transformación, campañas agrícolas.

En primer lugar permite la circulación con hasta 60 tm. de MMA, masa máxima autorizada ( antiguo PMA) a todos los vehículos con remolque de cinco o más ejes, que tengan como origen o destino un puerto nacional a los siguientes productos: madera, troncos, materiales de la madera y similares, papel, pasta de papel, productos cerámicos, siderúrgicos (hierros y acero), mineros, vitivinícolas, frutas, productos hortícolas, ganaderos, incluidos sus transformados.

También permite el transporte en contenedores de 20 pies hasta 60 tm.de ácido tereftálico, para la fabricación de poliester.

Para los productos de la madera el artículo 8 A del DL exige que los vehículos estén homologados hasta las 60 tm, y que lo lleven en el certificado de matriculación, ( ficha técnica )

Sin embargo para el resto de productos solo exige que cumplan la normativa de pesos por eje del apartado 5º del artículo 9º que dicta que el peso por eje máximo es de 10 tm., salvo en el eje delantero que es de 7,5 tm. lo que da un peso máximo para tractora más trailer de 5 ejes de 47,5 tm.

También hay que tener en cuenta que en caso de los semirremolques con ejes tridem la misma norma limita el peso admitido para el conjunto a 24 toneladas, que sumadas a las 12 del conjunto tractor mas las 7,5 del directriz, da 43,5 toneladas.

Lo que parece de la redacción es que en los casos señalados la norma de pesos por eje queda sobrepasada por la redacción del apartado 5º del artículo 9º, que daría 47,5 tm, para los conjuntos normales de 5 ejes.

PRODUCTOS AGRICOLAS EN CAMPAÑA.

En el apartado siguiente el artículo 8º – C del citado decreto viene a autorizar a a los productos vitivinícolas, frutas, productos hortícolas, pecuários y cereales las 60 tm en el caso de que ese transporte se realice desde las unidades de transformación y en las campañas agrícolas. En este caso no será obligatorio que estén homologados para las 60 tm, sólo tendrán que cumplirlos citados límites de pesos por ejes.

Esto significa que en esta situación de las campañas agrícolas – definición muy amplia, ya que cuando hay producción agrícola hay campaña- los conjuntos tractora semirremolque más conocidos de cinco ejes podrán llevar 55,5 tm.

REDACCION CONFUSA DE LA NORMA DE PESO POR EJES.

El DL no deja claro que precede si el apartado 5º del artículo 9º que excepciona a los pesos por ejes en los casos de las campañas agrícolas, o para los conjuntos donde los ejes están más próximos de 1,8 mts, rigen las limitaciones de los pesos para conjuntos tridem lo que sería lo lógico ya que mayor carga hasta 12 tm en ejes tan próximos afectarian a la carretera.


LAS 44 TONELADAS, CASI SIEMPRE

Excepcionalmente durante las campañas agrícolas a los vehículos que no lleguen carga contenerizada ni tampoco estén preparados para las 60 t podrán llevar 44 tm.

 En resumidas cuentas el gobierno portugués ha permitido desde el día 6 de septiembre la circulación de 44 tm en vehículos de cinco o más ejes siempre que estén en campaña agrícola.

En cualquier caso significa un paso en la dirección que quería tomar el gobierno español con la inclusión de los mega trailers en una norma similar pero que ahora ha quedado descartado. 

Indudablemente Portugal quiere con esto favorecer el transporte de sus producciones agrícolas de los productos hacia los puertos y con todo ello puede afectar directamente a la competitividad de los puertos españoles al facilitar muy mucho el transporte desde Extremadura a los puertos portugueses de los productos hortofrutícolas que se embarcan en el puerto de Sines con destino a Europa o Sudamérica

www.maycarr.es