Ante la oposición a última hora de las asociaciones de transporte encuadradas en el Comite Nacional de Transporte por Carretera, y el peligro por tanto de que no se apruebe la modificación del reglamento de vehículos que aprueba los conjuntos de hasta 60tm. y las 4,5 metros de altura, Aecoc, la asociación presidida por Juan Roig el presidente de Mercadona, y que agrupa a empresas de la gran distribución, como Mercadona, Eroski, El Corte Inglés, o fabricantes de productos de alimentación y gran consumo ha reaccionado pidiendo las 44 tm.
Como si la mejor defensa del RD que ya ha publicado este medio fuese el ataque, Aecoc ha pasado al ataque.
Según un estudio de la UPC, desvelado por Aecoc, la aprobación de las 44tn permitiría ahorrar más de 350 millones de euros al año.
El comunicado de Aecoc dice:
En un escenario en el que el sector del gran consumo está sufriendo tanto por la contención de la demanda como por los efectos de la deflación, impulsar medidas que contribuyan a la mejora competitiva de las empresas es del todo fundamental. Por ello, desde AECOC, la Asociación de Empresas del Gran Consumo, se ha solicitado al Ministerio de Fomento la aprobación del aumento de las capacidades de carga de los vehículos y más concretamente la entrada en circulación de vehículos de 44 tn y de trenes de carretera de 25,25 en configuración modular y con masa máxima de hasta 70 toneladas. Asimismo, desde la Asociación se considera también conveniente aprobar una altura máxima de los vehículos de 4,5m., sin restricciones sobre el tipo de vehículo a emplear.
No en vano, AECOC dispone de informes que confirman que la aprobación de este tipo de medidas permite mejorar la productividad de las toneladas-kilómetro transportadas, así como de encuestas entre sus asociados que confirman el apoyo con que este tipo de iniciativas contarían por parte de la mayoría del sector. Concretamente, el 90% de los transportistas asistentes al último foro de transporte de la Asociación se mostraron a favor de la aprobación en nuestro país del tren de carretera 25,25 por corredores especiales, siempre que se pague más por transportar 60tn que 40 o 44tn.
Además, y en relación a las 44 tn, el 80% de ellos se muestra convencido de que sería bueno porque nos haría ganar en competitividad y el 72% cree que, tras Francia, Italia, UK, Holanda, Bélgica, Portugal… Ahora es el momento de España. Sólo un 13% considera que hay que esperar a que Bruselas armonice.
Y es que, en opinión de AECOC, España está desalentando la innovación en transporte por carretera y anteponiendo un criterio uniformizador para todas las empresas que no es positivo ni para los usuarios de transporte ni para las empresas transportistas.
Por ello, y aunque disponer de un marco normativo europeo es bueno en la medida en que favorece un transporte entre países sin barreras, esto no debe ser un freno para implantar medidas beneficiosas en el ámbito nacional que es donde las compañías desarrollan más del 80% de su actividad.
Además, la situación actual es una desventaja competitiva para España -y muy especialmente para el sector primario- que ya está viendo como otros países que ya disponen de estas medidas implantadas están siendo favorecidas en cuanto a localización de las plantas productivas o de la producción.
Ahorros económicos probados
AECOC ampara sus peticiones en estudios que confirman los beneficios que, tanto en términos económicos como medioambientales, aportaría un aumento de las capacidades de carga. Así, según el estudio “Evaluación de la introducción de las 44 toneladas en España” elaborado por la Universidad Politécnica de Cataluña la introducción de las 44tn permitiría ahorrar 350 millones de euros al año y reducir anualmente las emisiones de C02 entre 105.249 y 129.000 t/año. A los que hay que sumar la reducción de 91 millones de euros anuales en costes externos (fuente: INECO) y el menor impacto en las infraestructuras.
Asimismo, AECOC considera conveniente que la aprobación de la altura máxima de 4,5m se pueda llevar a cabo con carácter generar y sin discriminar a ningún tipo de vehículo. En este sentido, conviene recordar que esta altura máxima está autorizada en sectores como automoción o transporte intermodal, por lo que parece razonable admitir las mismas condiciones para un sector como el del gran consumo que representa el 70% de las operaciones de transporte de mercancías de carga completa.
Y es que la exigencia de emplear vehículos adaptables en altura deja fuera a una gran cantidad de empresas y, como consecuencia de ello, limita enormemente el impacto sobre la mejora competitiva de la aplicación de esta medida.
Estas peticiones han sido trasladadas al Ministerio de Fomento, a fin de que las incluya en la modificación del anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre y en la que actualmente trabaja la Dirección General de Transporte Terrestre.
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